Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36325

N° Receptoría:

Fecha: 2006-02-08

Carátula: PEREZ Pedro A. y Otra C/Provincia RIO NEGRO S/ Sumario

Descripción: acta

General Roca, 08 de febrero de 2.006.-

Proveyendo a 142 y 143: Agréguese, téngase presente lo manifestado y a fin de que informen sobre lo requerido, respecto de los testigos Riquelme y Crespo, líbrese oficio a la Policía de la Provincia de Río Negro.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

En General Roca, siendo las ocho y treinta hs. del día 07 de febrero de 2.006, comparece a la audiencia fijada en autos el Dr. Raùl Bidart, en su calidad de representante de la demandada. Abierto el acto, se deja constancia de la incomparecencia del testigo Blanes Pereyra. En este estado el Dr. Bidart manifiesta que atento no haberse agregado la cédula de notificación al testigo referido precedemente, se estará a la devolución de la misma para peticionar lo que corresponda y respecto del testigo Riquelme, manifiesta que presentó escrito solicitando oficio para ulterior notificación. Que a fs. 128 consta la devolución de la cédula de notificación al testigo Crespo cuya audiencia está fijada para el día de mañana, habiéndose frustrado la notificación por lo que respecto del mismo hace extensiva la misma petición que interpuso para el testigo Riquelme. A lo que se provee téngase presente. No siendo para más se da por finalizado el acto, firmando el compareciente previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

En la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, siendo las 8,30 hs. del día 08 de febrero de 2006, comparecen ante mi Secretaria Autorizante el Dr. Carlos Alberto Gadano en el caracter de apoderado de la parte actora y elDr. Raul E. Bidart en el caracter de apoderado de la demandada.- Abierto el acto comparece una persona citada como testigo, quien previo juramento de ley que presta en legal forma, dijo ser y llamarse, HUGO RAUL MANRIQUE, D.N.I. Nª 12.591.897, que exhibe en el acto, argentino, soltero, retirado de la policia de Rio Negro, con domicilio real en Piedrabuena 1058 General Roca, Rio Negro, quien declara a tenor del pliego que se agrega a fs.. 1)... CONTESTO: a los actores no los conoce.- Y preste servicios para la Provincia de Rio Negro.- Las demas no le comprenden.- 2)... CONTESTO: SI, prestaba servicios, estaba en actividad.- Cumplia funciones de auxiliar de area interna en la carcel de encausados de General Roca.- 3)... CONTESTO. destino la Alcaidia, grado Sargento Ayudante.- Cargo es lo mismo que grado.- 4)... CONTESTO: No recuerdo los hechos con exactitud, yo normalmente trabajaba de lunes a sabados hasta las 11 o 12 del mediodia, y despues hacia refuerzos en horario de encierro.- Conocimiento del ingreso tuve porque el dia domingo me toco encierro y ahi me entere del hecho que habia ocurrido.- Un incidente entre internos en el pabello Nº 4.- Los detalles no recuerdo se que fue un incidente entre internos pero no recuerdo mas.- Uno que salio lesionado y fue derivado al Hospital local.- No recuerdo el nombre.- No recuerda las circunstancias de haberlo recibido, Los tramites habituales en general de la comisaria tiene que venir el detenido, con una carta de presentación en la que conste causa o delito por el que fue detenido, a disposicion de que juzgado y los datos filiatorios del mismo.- Se le exige una planilla de filiación, certificado medico, y se le exige una ficha dactiloscopica.- Mayormente cuando el detenido pasa por sala de requisa, el personal dialoga con el y le pregunta si ha tenido problemas o si ha tenido problemas con alguien que este alojado en esa unidad para realizar la separación del alojamiento del detenido.-Del Sr. Perez no recuerdo de haberlo recepcionado.- 5)... CONTESTO: le vuelvo a repetir, si fue un dia domingo que me toco a mi hacer el encierro, puede ser el interno que salio lesionado del incidente.- No estuve presente en el dia que ocurrio el hecho.- Lo que me comentaron o lo que se escucho fue que un incidente al mediodia no se sabe si fue entre el periodo de finalizacion o iniciacion de visitas, no se si fue antes o despues del relevo de personal.- 6)... CONTESTO: No recuerdo con exactitud pero normalemente se desarrolla la guardia con el personal que esta diagramado para eso.- no recuerdo con exactitud no componia la guardia y por eso no sabria decir si falto alguien por motivo de salud o por algun otro motivo.- En este estado amplia el Dr. Bidart.- 7)... si del delito que prima facie imputado al detenido que es internado surge que debe adoptarse alguna medida de seguridad especial o alojamiento especial, si en ese caso es resuelto de esa manera.- En especial referido a los delitos de agresion sexual.- CONTESTO: Los delitos de agresion sexual que se refiere son separados, son alojados todos en un mismo pabellon.- Se divide se separa de la otra población de delitos comunes, robo, robo calificaco hurto, lesiones, siempre y cuando no sean casos muy extravagantes tambien son separados.- 8)... si el pabellon 4 de la Alcaidia funcionaba como sitio de pabellon de admision general.- CONTESTO: Era uno de los pabellones normales.- Las personas que ingresan por esos delitos de agresion sexual, eran alojados en el pabellon 6, 7, escalera, cocina, si mal no recuerdo en las calderas.- En este estado repregunta el Dr. Gadano.- 9)... si la poblacion carcelaria existente en la alcaidia a la fecha mencionada excedia la capacidad prevista originariamente para la carcel de encausados de General Roca.- CONTESTO: si teniamos una superpoblacion, cual era la cantidad prevista, Prevista la carcekl estaba para 180 o 200 internos, y si no me equivoco rondabamos los 300 a 400 internos.- si mal no recuerdo.- 10)... si ademas de encausados en la alcaidia local habia tambien condenados.- CONTESTO: si en la carcel de encausados eran alojados, procesados, y condenados tanto masculinos como femeninos.- 11)...si cuando se refiere en respuestas anteriores a escalera, caldera y cocina, esta mencionando lugares de alojamiento normal de detenidos.- CONTESTO: NO, NO ERAN lugares habituales, era lugares que se utilizaron debido a la superpoblacion y a la separacion de internos por algun tipo de problemas.- 12)... porque motivo se separa a los procesados a los que se le atribuye la comision de delitos sexuales.- CONTESTO: para resguardar la integridad fisica de los mismos del resto de la poblacion, ya que son rechazados por los internos que cometen delitos comunes.- 13)-... si constituyen reglas no escritas dentro del ambito carcelario que los detenidos por los delitos sexuales sean pasibles de agresiones por parte del resto de los alojados en los establecimientos carcelarios.- CONTESTO: Son codigos carcelarios , por lo que tengo conocimiento en todas las carceles del pais se rechazan a este tipo de internos desde no aceptar la convivencia hasta que puedan recibir algun tipo de agresiones entre ellos.- Son codigos internos de los internos, no hay nada escrito.- 14)... si es habitual que los alojados en la alcaidia local accedan diariamente a la informacion periodistica, escrita u oral emitida por los medios de prensa de la zona.- CONTESTO: los internos tienen todo tipo de acceso a informacion radiales, cuentan con equipos de radio, televisiva e informacion escrita tambien, no se restringe ningun tipo de informacion.- 15)... si la superpoblacion carcelaria existente en la alcaidia local excede las posibilidades de control de los agentes que se desempeñan en la misma.- CONTESTO: si.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firman los comparecientes por ante mi de lo que doy fe.-

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Poder Judicial de Río Negro