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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36486
Fecha: 2006-02-08
Carátula: JOISON Agustin C/Provincia de RIO NEGRO S/ Ejecución de Sentencia
Descripción: ced. agreg.- y providencia
cedula a Dr. Salgado dilig. 10-11-.05.-
General Roca, 08 de febrero de 2006.-
Atento lo peticionado y las constancias obrantes a fs. 12 trabese embargo sobre el 20% ( art. 55 de la Constitución Provincial ) de los fondos que tenga depositados en cuentas corrientes, depositos a plazo fijo, cajas de ahorro, etc. la Provincia de Rio Negro en el Banco Patagonia S.A. Sucursal General Roca, hasta cubrir las sumas de $ 1.063.030,21 que se reclaman en concepto de capital con mas la de $ 300.000.- que se presuponen para costas.-
Dichos fondos deberán ser depositados en el mismo Banco Patagonia S.A. Sucursal General Roca, a la cuenta de autos y a la orden del Tribunal.-
Oportunamente notifiquese al ejecutado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro