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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 25214/11
Fecha: 2011-08-15
Carátula: CENTRO RENAL VIEDMA S.A. S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (art.2 Ordenaza 3295 San Aantonio Oeste)
Descripción: cont..traslado...
Expte.N° 25214/11-STJ-
///MA, 15 de agosto de 2011.-
Por presentados, partes en el carácter invocado y constituído domicilio legal. Agréguese la documentación acompañada.-
Por contestada la demanda en tiempo oportuno.-
De la documental acompañada, córrase traslado a la contraparte por el término de ley.-
Acorde lo peticionado y las razones dadas, eximese a la presentación copias de la documental acompañada (art.121 CPCyC), poniendose por Secretaria el expediente a disposición de la parte actora.-
Notifíquese por cédula (art.135 inc.1* CPCyC).-
A lo demás, oportunamente.(fdo)ALBERTO I. BALLADINI-PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro