Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37282

N° Receptoría:

Fecha: 2006-02-08

Carátula: GOSENDE Victorino y o. S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: inicio//a Rentas

General Roca, 8 de febrero de 2.006.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Cítese a los futuros demandados Sebastián Beñaldo, César Beñaldo, Juana Valenzuela, Antonio Lascialanda, Roberto Horacio Arraras, Genovesa del Carmen Pichunhuala y Río Uruguay Coop. de Seguros Ltda. a fin de que comparezca a fiscalizar la prueba a producir en autos (art. 80 del C.P.C.) a cuyo fin líbrese cédula a Villa Regina, Allen y oficio al Sr. Juez de Paz de Enrique Godoy.-

Fecho, para la declaración de los testigos propuestos, Almazan, Molina y Vicentin, fíjase la audiencia del día 18 de abril de 2.006 a las 10,00 hs. a la que deberán comparecer personalmente bajo apercibimiento de ser conducidos por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 02 de mayo de 2.006 a las 10,00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese a cuyo efecto líbrese oficio al Sr. Juez de Paz de Godoy.-

Asimismo, pasen los presentes a la Delegación de RENTAS (acordada N° 10/03 art. 4 del STJ).

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Déjese constancia de la iniciación del presente expediente en los autos 37.281-III-06.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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