include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39428
Fecha: 2011-08-15
Carátula: MARTINEZ Silvio Andres C/ BARALDI Jorge S/ EJECUCION DE MULTA
Descripción: Desistim. y Regulación
//neral Roca, 15 de agosto de 2011.-j
Téngase por presentado al demandado con nuevo patrocinio letrado.-
Cúmplase con lo dispuesto por el art. 40 del CPC.-
Atento la sentencia ya dictada a fs. 187, al desistimiento de la acción, no ha lugar.-
Téngase presente el desistimiento del derecho a la ejecución formulado en los presentes por la actora y la conformidad prestada por la demandada en el Otro Si Digo.-
Déjese sin efecto la subasta decretada a fs. 215.-
Homológase con fuerza de sentencia lo acordado sobre costas y costos del presente juicio. Not.-
Regulo los honorarios del Dr. Sergio Santiago Espul en $ 2.000 .- (MB: $ 39.350 -conf. sentencia de fs. 187-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 7, 8 y 41 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro