Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0580/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2011-08-11

Carátula: DAVILA CARINA DE LAS NIEVES S/ AMPARO

Descripción: CERTIFICACION. IPROSS CUMPLIO. SE DECLARA ABSTRACTA LA CUESTION

EXPTE. Nº 0580/2011

CARATULA: DAVILA CARINA DE LAS NIEVES S/ AMPARO

CERTIFICO: Que atento lo informado por el Ipross en el día de la fecha, siendo las 12:00 horas me comuniqué telefónicamente con la Sra. Carona de las Nieves Davila (tel celular número 02920-15657301), quien me informó que efectivamente el Ipross le ha entregado el suplemento de oxígeno que motivaran el presente amparo. Conste.-

Secretaría, agosto 11 de 2.011.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

Viedma, agosto de 2011.-

Agréguese.-

Tiénese presente la certificación que antecede.-

Atento la finalidad perseguida con la promoción de la presente acción de amparo y surgiendo de la certificación efectuada por la Actuaria y del informe incorporado, que ésta se encuentra cumplida, deviene abstracta la continuidad de la presente, en consecuencia archívese.-

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Poder Judicial de Río Negro