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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37443
Fecha: 2011-08-11
Carátula: RAMASCO Carlos c/GILES Manuel y SALINAS Adela C. S/ Ordinario
Descripción: expidase certificación/REGULA
//neral Roca, 11 de AGOSTO de 2011.=
Proveyendo el escrito de fs. 631: Previo a la regulación de honorarios, atento lo dispuesto por el art. 51 de la ley 2212, deberá prestar conformidad con el monto base el actor no condenado en costas, bajo apercibimiento de no serle oponible el convenio y monto estimado con esa base.-
Asimismo previo a regular a los Dres. Miguel Parra Segura y Andrea Tormena, deben prestar conformidad con el monto base.-
Proveyendo el escrito de fs. 632, téngase presente y expídase certificación sobre las resoluciones mencionadas, las que se encuentran debidamente notificadas y firmes y a la fecha no se encuentran recurridas.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro