Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38192

N° Receptoría:

Fecha: 2011-08-11

Carátula: GOMEZ Jorge A. y Otro c/MUTUAL RIVADAVIA Seguros Transp. Pasajeros S/ Ejecución de Honorarios

Descripción: aprueba liquida./regula

//neral Roca, 11 de AGOSTO de 2011.=

Apruébase en cuanto a lugar por derecho la liquidación de fs. 196, por la suma de $ 2.076,27.- al 01-07-2011.

Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de que de la cuenta de autos N° 220015969, transfiera a la cuenta de Rentas la suma de $ 41,52.- en concepto de ingresos brutos del Dr. Jorge Arturo Gómez, DNI 12.292.589 y le abone la suma de $ 2.076,27.- en concepto de saldo de liquidación aprobada precedentemente.-

Regulo los honorarios por acrecidos del Dr. Jorge Arturo Gómez en la suma de $ 1.100.- Hágase saber que el profesional no ha actuado en representación de tercero, sino por derecho propio, por lo que se regula únicamente como letrado patrocinante.- (M. B. $ 23.616,82.- retiros efectuados- arts. 6, 8 y 41 de la ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-

Cúmplase con la ley 869 y notifíquese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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