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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 25339/11
Fecha: 2011-08-09
Carátula: TORO, JUAN LUIS S/ INDULTO Y CONMUTACION DE PENAS (Originarias)
Descripción: A.I. (Of.)
///MA, 09 de agosto de 2011.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "TORO, JUAN LUIS S/ INDULTO" (Expte. N°25339/11-STJ-), puestas a despacho para producir el informe previsto en el art. 44 Inc. b) de la Ley 2430, en concordancia con lo dispuesto en el art. 181 Inc. 4to. de la Constitución Provincial, y - - - - - - - - - - - - - - -
CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Los señores Jueces doctores Alberto Italo Balladini y Víctor Hugo Sodero Nievas, dijeron:.- - - - - - - - - - - - - - - - -
----- Que a fs. 137 la Dra. Verónica Rodríguez, en representación de JUAN LUIS TORO, actualmente internado en el Establecimiento de Ejecución Penal N° 2 de Gral. Roca, se presenta ante el Sr. Gobernador de esta Provincia, solicitando una conmutación de la condena que oportunamente se le impusiera a su defendido.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
----- Al encartado en autos le dictaron la siguiente Resolución: 1).- En fecha 29/12/2008 la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti, en Expte Nro. 025/08, lo condena por considerarlo autor del delito de ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA EN GRADO DE TENTATIVA, a la pena de CUATRO (4) AÑOS de prisión declarándolo REINCIDENTE por TERCERA VEZ (fs. 138/142). ----- Según el cómputo de pena practicado por el Sr. Secretario del Tribunal sentenciante de fs. 144, el encartado vence la pena impuesta el 15/05/2022.- - - - - - - - - - - - - - - - - -
----- En el informe carcelario de fs. 146 y vta., de fecha 04/01/2011 se establece que el interno presenta trastornos amnésicos y cognitivos graves, asocia dicho cuadro a una tentativa de suicidio con un arma de fuego. Abuso de sustancias psicotrópicas desde la infancia. Incorporado a Salidas Transitorias. No se reintegra de una salida en agosto de 2010, reingresa a la unidad con una nueva causa de robo en grado de
tentativa. Su calificación es Conducta Nueve (9) y Concepto Siete (7), está incorporado al Periodo de Prueba.- - - - - - -
-----A fs. 148/149 se encuentra el dictamen de la Comisión evaluadora (art.5° Dec.N° 1771/91) en el cual se tiene en cuenta que no ha mostrado hasta el momento interés en lograr una superación personal, que es reincidente y que transgrede las normas establecidas por el Establecimiento Penitenciario se considera prudente esperar para otorgarle una rebaja de pena. Finaliza dictaminando desfavorablemente.- - - - - - - - - - - -
-----Que acorde a las constancias obrantes en autos puede inferirse que la conducta desplegada en sociedad por el interno, ha tenido una constante en la perturbación de valores sociales. Por ello, corresponde ser prudente y cauteloso respecto a la resocialización del condenado. Para lo cual, y a los fines de poder determinar si el peticionante se encuentra encarrilado hacia valores morales y sociales reconocidos, sería conveniente prolongar el tratamiento carcelario. Y, de esta manera, producir un seguimiento estricto sobre la evolución del interno y analizar sus progresos, siempre y cuando exista certeza que en el futuro evite actos ilícitos, y valorarlos junto a los logros dentro del régimen penitenciario provincial. Por lo expuesto nos expedimos desfavorablemente a lo peticionado.-ASI VOTAMOS.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -
----- Por ello;
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E
Primero: Informar desfavorablemente respecto a una rebaja en la pena impuesta a JUAN LUIS TORO.- - - - - - - - - - - - - - - -
Segundo: Registrar, notificar con remisión de copia de la presente al Poder Ejecutivo Provincial, devolver las actuaciones agregadas, y oportunamente archivar.- - - - - - - - - - - - - -
Fdo.: ALBERTO I. BALLADINI JUEZ VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro