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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39164
Fecha: 2011-08-09
Carátula: CALFIN Angela Cristina c/BARRUETO Celia del Carmen y Otro S/ Ordinario
Descripción: A CHEQUE///Audiencia Prueba-vta a despacho
Se agregan cédulas a:
Gabriela S. Quiroga diligenciada el 05.08.11;
Patricia Tripailao diligenciada el 05.08.11;
María Laura Huentemilla diligenciada el 05.08.11.-
//neral Roca, 09 de agosto de 2011.-j
Proveyendo el escrito de fs. 178, líbrese nuevo oficio al Juzg. Penal 4 para solicitar la remisión del expte. 43277-J4-08.-
Proveyendo el escrito de fs. 179, téngase presente y líbrese cheque a la orden de NESTOR FERNANDO ANDRADA (DNI 7.787.613) por la suma de $300.- en concepto de: gastos de pericia médica (Cuenta Nro. 126685533).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En se libró cheque Nro. . Conste.-
En retiro cheque. Conste..-
Autos: "CALFIN Angela Cristina c/BARRUETO Celia del Carmen y Otro S/ Ordinario" (Expte. Nro. 39164)- Juzgado Civil III
En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 9 de agosto de 2011, a las 8.50 horas, comparecen ante SS, ANGELA CRISTINA CALFIN con la asistencia de su letrado patrocinante Dr. Enrique Llanos, CELIA BARRUETO y FEDERICO QUILAQUEO VILLAR con la asistencia de su letrada apoderada Dra. Silvia Ceci y la Dra. Lucía Giménez Mehdi apoderada de PROVINCIA SEGUROS S.A. Abierto el acto se deja constancia que para la audiencia de prueba del día de la fecha comparecen en calidad de testigos los Sres.PATRICIA TRIPAILAO, DNI 22.920.720, nacionalidad argentina, estado civil soltera, ocupación empleada doméstica, con domicilio en Los Copihues 2378 de esta ciudad.- y MARIA LAURA HUENTEMILLA, DNI 28.588.477, nacionalidad argentina, estado civil soltera, ocupación ama de casa, con domicilio en Los Copihues 2373 de esta ciudad.- Acto seguido ambas partes desisten de las confesionales respectivas (FEDERICO QUILAQUEO VILLAR , CELIA DEL CARMEN BARRUETO y ANGELA CRISTINA CALFIN). Acto seguido el Dr. Llanos solicita la fijación de audiencia complementaria para el testigo GABRIELA SOLEDAD QUIROGA. A lo que se provee: pasen a despacho para fijar audiencia. Tomadas todas las declaraciones testimoniales se hace saber a las partes que deberán entregar al Tribunal en el término de TRES días los correspondientes DVDs para la grabación de las audiencias. No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro