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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0771/2008
Fecha: 2011-08-05
Carátula: MANSILLA JUAN ANGEL C/ CABRERA HUGO NESTOR S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: GRABA DVD - AJUSTAR ACTUACION
EXPTE. Nº 0771/2008.-
CARATULA: MANSILLA JUAN ANGEL C/ CABRERA HUGO NESTOR S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario).-
Viedma, agosto de 2.011.-
Sin perjuicio de la extemporaneidad, de conformidad con lo dispuesto en el art. 368 del CPCC, procédase a grabar copia de la audiencia de prueba en el DVD presentado para su posterior entrega.-
Asimismo, adviértase al Dr. Juan Carlos Ozuna que en lo sucesivo en las actuaciones que se cumplan ante este Tribunal, aún en el ejercicio pleno del derecho de defensa que le corresponda, debe ajustar su actuación y cumplir con los plazos del art. 368 de manera de coadyuvar eficientemente a la buena y recta administración de justicia a fin de cumplir con los principios de lealtad, probidad y buena fe procesal (conf. art. 34 inc. 5 del CPCC).-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro