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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0712/2010
Fecha: 2011-08-05
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ SALAYA RODOLFO S/ EJECUTIVO
Descripción: no ha lugar
EXPTE. Nº 0712/2010
CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ SALAYA RODOLFO S/ EJECUTIVO
Viedma, agosto de 2.011.-
Al escrito de fs. 85:
Agréguese.-
Atento las constancias de la causa y teniendo en cuenta que del informe de dominio de fs. 28 no surge que el compareciente haya embargado el bien en cuestión a los fines de asegurar el crédito que pretende compensar, a lo solicitado no ha lugar.-
Proveyendo a fs. 86:
Tiénese presente, debiéndose acompañar copia de fs. 83.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro