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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 11124-018-02
Fecha: 2011-08-05
Carátula: BORQUEZ SONIA / MARGARIDO ALBERTO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario),
Descripción: Extraíganse del acuerdo.Vuelva al despacho del Juez de 1er voto
Expte. nro.: 11124-018-02
Excma. Cámara: Vuelvan los presentes a despacho del remitente, haciéndole saber que el suscripto intervino en el acuerdo de la sentencia de fs.853/863, por lo cual se encuentra inhibido en los términos del inc. 7 del art. 17 del CPCC, a lo que no obsta el que hubiere omitido expresar sus fundamentos en los términos del art. 271 ídem, que ordena la participación de todos los miembros del Tribunal en el Acuerdo.
LUIS M. ESCARDO
Juez de Cámara
San Carlos de Bariloche, 5 de de agosto de 2011.-
VISTO. Extráiganse los autos del Acuerdo.
Remítanse los presentes al despacho del dr. Marcelo Barrutia a sus efectos.
EDGARDO JORGE CAMPERI
Presidente
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Poder Judicial de Río Negro