Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0304/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2011-08-04

Carátula: SILVA MARIA LUISA C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: CEDULA SECRETARIA

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C E D U L A

Señor: TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. y Dres. Sánchez-Buckland

Domicilio: VILLARINO 450 P.B. (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "SILVA MARIA LUISA C/MUNICIPALIDAD DE VIEDMA Y OTRA S/DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)", Expte. Nº 0304/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, agosto 01 de 2.011.- ... a los fines previstos en el art. 368 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 1º de septiembre de 2.011 a las 11 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial por la parte actora los Sres. José Juan Nervi, Rosa Graciela Serratti, Susana Figuera, Patricia Saez y Carmen Morales; y el Perito Accidentológico Manuel Vicente Cabrera, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 13 de septiembre de 2.011 a las 11 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.- Notifíquese a las partes por Secretaría las audiencias dispuestas precedentemente, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de agosto de 2011.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

*05TXHO.BF4QEV*

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Poder Judicial de Río Negro