Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39558

N° Receptoría:

Fecha: 2011-08-04

Carátula: CREDIL S.R.L. c/RIQUELME Juan Pablo S/ Ejecutivo

Descripción: A CHEQUE//HACER OFICIO

General Roca, 4 de agosto de 2011s.-

Apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada a fs. 25 por la suma de $ 43,56 en concepto de gastos e intereses y por las sumas de $ 97,24 honorarios de la Dra. Zubeldía y la suma de $ 97.24 honorarios del Dr. Saggina, al 04/07/2011.-

Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de que de la cuenta de autos 126684479 transfiera a la cuenta de Caja Forense la suma de $ 19,88 en concepto de aportes de los Dres. Zubeldía y Saggina.-

Líbrese cheque a la orden de Adrián Gustavo Saggina por la suma de $ 348,80 en concepto de: $217, 20 correspondiente a saldo de capital y $ 131.60 en concepto de honorarios de los Dres. Zubeldía y Saggina ( $ 65.80 a cada uno). Se deja constancia que a los honorarios se les ha descontado el 6% a su cargo ($ 4.20).-

Encontrándose firme la Sentencia Monitoria, atento las constancioas de fs.16, glósese la documentación original de fs. 8-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: De haberse glosado a fs. 31. CONSTE.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

En se libró cheque N° .CONSTE.-

En retiró cheque. CONSTE.-

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Poder Judicial de Río Negro