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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36632
Fecha: 2006-02-07
Carátula: TARJETA AUTOMATICA S.A. C/CIFUENTES Raúl Andrés S/ Ejecutivo
Descripción: regulacion
General Roca, 07 de febrero de 2.006.-
Agréguese el informe acompañado.-
Habiéndose retirado a fs. 67 el saldo de liquidación aprobada en el expte, al cheque solicitado, no ha lugar.-
Téngase presente la caución ofrecida para su oportunidad.-
Atento el estado de autos, regulo por acrecidos los honorarios profesionales de la Dra. Margot Perez Bambill en la suma de $ 49 y al Dr. Sergio Santiago Espul en $ 49 (M.B. $ 1728,16.-total de extracciones realizadas en autos).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
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Poder Judicial de Río Negro