Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36563

N° Receptoría:

Fecha: 2006-02-07

Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA C/FEDERACION Arg. Pers. GAS del ESTADO S/ Ejecutivo

Descripción: acrecidos

General Roca, 07 de febrero de 2.006.-

Al punto I: Agréguese.-

Al punto II: Regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Pablo Bergonzi en la suma de $ 1.000.- (M.B. $ 19.442,86 -fs. 149- )

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-

A fin de determinar el saldo existente en la cuenta judicial de autos, líbrese oficio al BANCO PATAGONIA S.A..-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro