Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35423

N° Receptoría:

Fecha: 2006-02-07

Carátula: DALLA PRIA de De La Torre Juana y O. C/Bco.HIPOTECARIO S/ Ordinario

Descripción: Glosa CPA y CPD- Clausura

CERTIFICO: que habiendo vencido el término probatorio se encuentran producidos la totalidad de las pruebas ofrecidas por actor y demandado.

Secretaria, 07 de FEBRERO de 2006.=

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 07 de FEBRERO de 2006.=

Glósese los cuadernos de prueba de actor y demandado y refóliese los mismos.

Clausúrase el término probatorio. NOT.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: de haberese dado cumplimiento. CONSTE.

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Poder Judicial de Río Negro