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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0486/2005
Fecha: 2006-02-06
Carátula: VIGGIANI SUSANA AMELIA C/ BOLLO CLAUDIA PAOLA Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: DESISTIMIENTO CON REGUL. HON.
EXPTE. Nº: 0486/2005.-
CARATULA: VIGGIANI SUSANA AMELIA C/ BOLLO CLAUDIA PAOLA Y OTRO S/ EJECUTIVO.-
Viedma, febrero de 2006.-
Atento lo manifestado y de conformidad con lo previsto por los arts. 304 y 305 del C. Pr., tiénese a la parte actora por desistida de la acción y del derecho, con costas (art. 73 del C. Pr.). A los fines regulatorios deberá tomarse en cuenta los fundamentos expuestos y desarrollados en las resoluciones dictadas en los autos caratulados: "Schmitt Carlos Alberto c/ Lamas Alicia Ester y Otro s/ Ejecutivo" Expte. n° 1745/01/5 en fecha 15/10/04 mediante Auto Interlocutorio n° 503 folios 691/692 y "Martinez Juan Carlos c/ Curruhinca, Angel Cristino y Otro s/ Ejecutivo" Expte. nº 124/03 en fecha 07/03/05 mediante Auto Interlocutoria nº 30 folios 37/38, entre otros, por lo cual se regulan los honorarios profesionales del Dr. Gustavo J. Bronzetti Nuñez en la suma de $ 80 (2 jus). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
A lo peticionado al punto II, oportunamente.-
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro