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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0614/2009
Fecha: 2011-07-29
Carátula: MOYANO CESAR HECTOR C/ MALINSKY ESTEBAN JUSVA S/ USUCAPION
Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - ORDINARIOS- AUTOS PARA ALEGAR - se notifica por nota
EXPTE. Nº 0614/2009.-
CARATULA: MOYANO CESAR HECTOR C/ MALINSKY ESTEBAN JUSVA S/ USUCAPION.-
C E R T I F I C O : Conforme lo ordenado a fs. 93, a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PARTE ACTORA:
Documental: Incorporada a la causa y reservada en Secretaría bajo registro M-18/09.-
TESTIMONIAL: De los Sres. Hugo Oscar Chazarreta, Julio César Villalva y Héctor Oscar Rojas, obrantes a fs. 88, 91 y 89 respectivamente.-
SECRETARIA, julio de 2.011.-
R .B.
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
Viedma, julio de 2.011.-
Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del CPCC.-
R .B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro