Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39618

N° Receptoría:

Fecha: 2011-07-28

Carátula: DONZELLI Elisa Paola c/RIFFO Jorge Raul y PINO BUSTOS Carlos Isaías S/ Ordinario

Descripción: REBELDIA

//neral Roca, 28 de JULIO de 2011.=

Conforme con lo solicitado, lo que resulta de la documentación acompañada e informando la actuaria en este acto, encontrarse vencido el término acordado al accionado para contestar la demanda y comparezca a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado (cédula de fs. 68), dásele por perdido el derecho que para hacerlo tenía y en mérito a lo solicitado, haciéndose efectivo el apercibimiento que determina el art. 59 del CPC, declárase rebelde en el juicio a Jorge Raúl Riffo, teniéndosele por contestada la demanda en rebeldía.

Atento los inofrmes de fs. 80/1, cúmplase con el traslado de la demanda respecto a los restantes demandados .

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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