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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39618
Fecha: 2011-07-28
Carátula: DONZELLI Elisa Paola c/RIFFO Jorge Raul y PINO BUSTOS Carlos Isaías S/ Ordinario
Descripción: REBELDIA
//neral Roca, 28 de JULIO de 2011.=
Conforme con lo solicitado, lo que resulta de la documentación acompañada e informando la actuaria en este acto, encontrarse vencido el término acordado al accionado para contestar la demanda y comparezca a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado (cédula de fs. 68), dásele por perdido el derecho que para hacerlo tenía y en mérito a lo solicitado, haciéndose efectivo el apercibimiento que determina el art. 59 del CPC, declárase rebelde en el juicio a Jorge Raúl Riffo, teniéndosele por contestada la demanda en rebeldía.
Atento los inofrmes de fs. 80/1, cúmplase con el traslado de la demanda respecto a los restantes demandados .
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro