Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 25099/11

N° Receptoría:

Fecha: 2011-07-27

Carátula: SALAZAR, FABIAN ARIEL Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO

Descripción: Medida p/Mejor Proveer

Expte.N°25099/11-STJ-

Sr. Presidente:

-----Atento las particularidades del caso presentado en autos, y en funci ón de lo informado a fs. 114, 116, 118/120, peticiono como medida para mejor proveer se requiera a Promoción Familiar informe qué tipo de intervención ha tenido con respecto a los niños Barrionuevo Juliana y Dylan hasta la fecha. A tal fin, acompañense los informes mencionados.

Vocalía, 26 de julio de 2011.

Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ

Expte.N°25099/11-STJ-

///MA, 27 de julio de 2011.-

Acorde lo solicitado por el señor Juez de Primer voto, interrúmpanse de plazos para fallar y como medida para mejor proveer, requiérase a Promoción Familiar del Municipio de Chimpay informe en el término de cinco (5) días hábiles qué tipo de intervención ha tenido con respecto a los niños Juliana y Dylan Barrionuevo -alumnos de la Escuela Nº 59 Ceferino Namuncurá-, hasta la fecha.-

A sus efectos, ofíciese.-

Fdo.:ALBERTO I. BALLADINI PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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