Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40393

N° Receptoría:

Fecha: 2011-07-27

Carátula: SISTERNA Enrique S/ Sucesión

Descripción: REGULA x 3er. etapa

//neral Roca, 27 de JULIO de 2011.=

Agréguese.

Previo a lo peticionado, por la 3er. etapa regulo los honorarios de la Dra. Liliana Martín Isidori en la suma de $ 1.000.- a cargo de los herederos y en la suma de $ 500.- a cargo de la cónyuge supérstite. (M.B. $ 43.132,89.- Fs. 29 -arts. 6, 8, 25 y 44 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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