include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 25301/11
Fecha: 2011-07-26
Carátula: HORNE, SILVIA RENEE S- ACCION DE AMPARO S/ ACCION DE AMPARO (ART. 43 C. PCIAL)
Descripción: Contesta-traslado sol.inf.Of.
Expte. N°25301/11-STJ-
///MA, 26 de julio de 2011.-
-----Por presentado, parte en el carácter invocado y por constituido domicilio legal.- - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Por contestado el informe requerido a fs.54. Agréguese la documentación acompañada.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Previo a correr traslado del informe producido y de la excepción de falta de legitimación deducida, y toda vez que el petitorio (fs.41) alude a la nulidad e inconstitucionalidad de la ley que ratifique el Convenio en cuestión, ofíciese a la Legislatura de Río Negro para que en el plazo de 10 días informe: 1) sobre la existencia de la ley o del proyecto vinculado con el presente amparo, así como su tramite, a cuyos efectos se remitirá copia de la demanda de amparo interpuesta; 2) También se requerirá para que en igual plazo informe sobre lo actuado por la Legislatura en funcion de sus propias facultades con relación al objeto del amparo; 3) Asimismo, informe cualquier otra circunstancia que resulte de interés particular o general para la resolucion de la presente causa.-
Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
<*****>
Poder Judicial de Río Negro