Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40870

N° Receptoría:

Fecha: 2011-07-25

Carátula: ORGANIZACION COMERCIAL DON TOMAS S.R.L. c/EMELKA S.A. S/ Ordinario

Descripción: CONTESTA DEMANDA

//neral Roca, 25 de JULIO de 2011.=

Téngase por contestada la demanda en legal tiempo y forma por EMELKA S.A.

De la documental adjuntada, traslado. Not.

Previo a dar traslado de la reconvención, intímese a la demandada a abonar el impuesto de justicia, sellado de actuación y contribuciones correspondientes, en el término de cinco días, bajo apercibimiento de tener por desistida la dicha reconvención.- Not.

Deposítese en caja fuerte la documental original acompañada.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: de depositarse documental de la demandada de fs. 114/124. CONSTE.

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Poder Judicial de Río Negro