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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40870
Fecha: 2011-07-25
Carátula: ORGANIZACION COMERCIAL DON TOMAS S.R.L. c/EMELKA S.A. S/ Ordinario
Descripción: CONTESTA DEMANDA
//neral Roca, 25 de JULIO de 2011.=
Téngase por contestada la demanda en legal tiempo y forma por EMELKA S.A.
De la documental adjuntada, traslado. Not.
Previo a dar traslado de la reconvención, intímese a la demandada a abonar el impuesto de justicia, sellado de actuación y contribuciones correspondientes, en el término de cinco días, bajo apercibimiento de tener por desistida la dicha reconvención.- Not.
Deposítese en caja fuerte la documental original acompañada.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: de depositarse documental de la demandada de fs. 114/124. CONSTE.
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Poder Judicial de Río Negro