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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 16179-126-11
Fecha: 2011-07-08
Carátula: FILLOL MARCELA / DE MARCOS EDUARDO MANUEL S/ ALIMENTOS
Descripción: MEDIDA- Pedir expedientes
Expediente Nro.16179-126-11
Sres. Jueces: Que a los fines de mejor proveer, se considera necesario tener a la vista las causas: "DE MARCOS EDUARDO MANUEL DIOGENES C/ FILLOL, MARCELA S/ TENENCIA" (Expte. nro. 03195-08), "DE MARCOS EDUARDO MANUEL DIOGENES C/ FILLOL, MARCELA S/ TENENCIA S/ INCIDENTE" (Expte. nro. 04259-09), "DE MARCOS EDUARDO MANUEL DIOGENES C/ FILLOL MARCELA S/ INCIDENTE" (Expte. nro. 03560-09), mencionadas por la sentenciante a fs. 233vta.; por la Defensora de Menores a fs. 255vta. y ofrecidos como prueba a fs. 14vta.
Vocalía, 8 de julio de 2011
Luis M. Escardó
Juez de Cámara
San Carlos de Bariloche, 8 de julio de 2011
VISTO: Requiéranse los autos citados precedentemente. Confección, diligenciamiento e impulso del oficio a cargo del recurrente. Interrúmpase el plazo para fallar. Oportunamente, practíquese nuevo cómputo de plazos. Notifíquese.
HORACIO CARLOS OSORIO EDGARDO JORGE CAMPERI
Juez de Cámara Juez de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro