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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0230/2011
Fecha: 2011-07-07
Carátula: PASCHETTA SUSANA CLOTILDE C/ MERCADO VICTOR ALBERTO S/ ALIMENTOS S/ MEDIDA CAUTELAR
Descripción: reiteración de oficio anses - no ha lugar cobro
EXPTE. N° 0230/2011
CARATULA: PASCHETTA SUSANA CLOTILDE C/ MERCADO VICTOR ALBERTO S/ ALIMENTOS S/ MEDIDA CAUTELAR
Viedma, julio de 2011.-
Agréguese.-
Atento lo peticionado y constancias de autos, líbrese nuevo oficio a Anses a los fines que dé estricto cumplimiento con lo ordenado mediante oficio N° 1060/11 en el plazo de cinco (5) días, debiendo depositar dichas sumas en la cuenta de autos nº 299005538, CBU 0340299508299005538005, bajo apercibimiento de aplicar en concepto de astreintes (conf. art. 37 del C. Pr.) $ 50 por día de incumplimiento a favor del peticionante, el que será diligenciado por el oficial de justicia y entregado en forma personal al titular del organismo ó persona autorizada a tal efecto.-
Toda vez que las presentes actuaciones se formaron a los fines de asegurar los derechos que pudieran corresponderle al peticionante y como medida cautelar, sin haberse decidido a quién le corresponde el crédito en cuestión, a la liberación de fondos peticionada no ha lugar.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro