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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1051/2010
Fecha: 2011-07-07
Carátula: EQUITY TRUST COMPANY ARGENTINA S.A. C/ FABBY MARISEL NOEMI S/ EJECUCION PRENDARIA
Descripción: CEDULA SECRETARIA
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
___________
C E D U L A
Señor: CAJA FORENSE DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO Domicilio: BELGRANO 80 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "EQUITY TRUST COMPANY ARGENTINA S.A. C/FABBY MARISEL NOEMI S/EJECUCION PRENDARIA", Expte. Nº 1051/2010, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 01 de junio de 2.011.- ...RESUELVO: I.- ... III.- Imponer las costas al actora (art. 68 del CPCC).- IV.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. M. Florencia Albarracín en la suma de $ 925 (5 jus) y los del Dr. Nicolás Gomez en la suma de $ 555 (3 jus) MB: $ 3.980 (arts. 6, 7, 8, 9, 41 y cc. Ley G Nº 2.212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- V.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de julio de 2011.-
*05TXHO.B0C5DY*
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro