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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40397
Fecha: 2011-07-07
Carátula: MUÑOZ Rafael S/ Sucesión
Descripción: declaratoria
General Roca, 07 de julio de 2011s.-
AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria en estos autos caratulados: “MUÑOZ RAFAEL S/SUCESION” (EXPTE. N° 40397-III-10).-
CONSIDERANDO: Que se tramita el presente sucesorio por fallecimiento de Rafael Muñoz ocurrido el día 18 de agosto de 2010 en General Roca, Río Negro, según constancia de fs. 2-
El causante era de estado civil viudo de Hortensia Elvira Jaksa, lo que se acredita con la certificación de fs.58 de la declaratoria de herederos de "JAKSA HORTENCIA ELVIRA S/ SUCESION" (Expte.498-I-96), que tramita por ante el Juzgado Civil UNO se esta ciudad.
De la unión de los causantes nacieron:
HUGO RAFAEL: Nacido el 11 de junio de 1967 en General Roca, Río Negro, lo que se acredita con el certificado de fs. 3-
ELVIRA ROSA: Nacida el 3 de julio de 1969 en General Roca, Río Negro, lo que se acredita con el certificado de nacimiento de fs. 4.-
De la unión del causante y de Lidia del Carmen Leiva Torres nació:
MINELA PILAR: Nacida 30 de junio de 1992 en General Roca Río Negro, según constancia de los autos que se encuentra agregados por cuerda: "MUÑOZ RAFAEL S/SUCESION" (430/10) partida de fs.5 según certificación de fs.10 de estos autos.-
De la unión del causante con Amalia Magilof nació:
NORBERTO ADRIAN: Nacido el 16 de octubre de 1965 en General Roca, Río Negro, lo que se acredita con el certificado de nacimiento de fs. 22.-
A fs. 6 se declara competente el Tribunal para entender en el presente sucesorio y se tiene por iniciado el juicio.-
A fs. 12 y 38 obran oficios librados a los Registros Públicos de Juicios Universales y de Testamentos, de los que surge que, a nombre del causante, no se inició trámite ni se registró disposición testamentaria alguna.-
A fs. 32/7, lucen agregados periódicos que acreditan la correspondiente publicación edictual, sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la Actuaria, informando, asimismo que no se presentaron más interesados ni herederos que los precedentemente indicados.-
Por lo expuesto y lo dispuesto por los arts. 3565 del C. Civil y 699 y 700 del C.P.C.,
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de Rafael Muñoz, le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos Hugo Rafael y Elvira Rosa, de apellidos Muñoz Jaksa, Minela Pilar de apellido Muñoz Leiva Torres y Norberto Adrián de apellido Muñoz Magilof.-
Notifíquese y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro