Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41054

N° Receptoría:

Fecha: 2011-07-07

Carátula: FUENTES SANHUEZA Hector c/MARAGAÑO PEÑA Veronica Estr S/ Ordinario

Descripción: Inicio

General Roca, 07 de julio de 2011.-g

Por presentado, parte y con domicilio.-

De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de VEINTIDOS días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese exhorto diplomatico.-

Atento lo solicitado decrétase la medida de no innovar respecto del inmueble individualizado como Lote 9 Manzana 412 Nomenclatura Catastral C412-09-000 ubicado en Chiclana 28 de la ciudad de Allen. A esos efectos notifíquese a la demandada.-

Líbrese mandamiento de constatación a diligenciar por el Sr. Juez de Paz de la ciudad de Allen.-

Atento el esatdo de autos, a la Atribución del Hogar solicitada no ha lugar.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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