Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 25056/11

N° Receptoría:

Fecha: 2011-07-06

Carátula: ASOCIACION EMPRESARIA HOTELERA GASTRONOMICA DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (RESOLUCION Nº 1980 DGR)

Descripción: al Acuerdo x excepciones.

Expte.Nº 25056/11-STJ-

///MA, 6 de julio de 2011.-

Proveyendo el escrito de fs.148:

Por contestado en tiempo oportuno el traslado conferido a fs.146. Téngase presente lo manifestado.-

Proveyendo el escrito de fs.149:

Por ratificado lo actuado por los letrados patrocinantes en carácter de gestores.-

A los fines de resolver la excepción deducida y sustanciada en autos, llámase a autos AL ACUERDO.-

Fdo.:ALBERTO I.BALLADINI JUEZ SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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