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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 25056/11
Fecha: 2011-07-06
Carátula: ASOCIACION EMPRESARIA HOTELERA GASTRONOMICA DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (RESOLUCION Nº 1980 DGR)
Descripción: al Acuerdo x excepciones.
Expte.Nº 25056/11-STJ-
///MA, 6 de julio de 2011.-
Proveyendo el escrito de fs.148:
Por contestado en tiempo oportuno el traslado conferido a fs.146. Téngase presente lo manifestado.-
Proveyendo el escrito de fs.149:
Por ratificado lo actuado por los letrados patrocinantes en carácter de gestores.-
A los fines de resolver la excepción deducida y sustanciada en autos, llámase a autos AL ACUERDO.-
Fdo.:ALBERTO I.BALLADINI JUEZ SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro