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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 15741-298-10
Fecha: 2011-07-06
Carátula: MAZZUCHELLI MABEL NOEMI / M.S.C.B. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario),
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:15741-298-10
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
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En la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a los 4 días del mes de Julio de dos mil once reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL Y DE MINERIA de la IIIa. Circunscripción Judicial; dres. Edgardo J. Camperi, Ariel Asuad y Juan A. Lagomarsino, luego de haberse impuesto individualmente de esta causa caratulada: "MAZZUCHELLI MABEL NOEMI C/ M.S.C.B. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS -ORDINARIO-”, expte. nro. 15741-298-10 (Reg. Cám.), y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-, los sres. Jueces emitieron su voto en el orden establecido en el sorteo practicado a fs. 561, respecto de la siguiente cuestión a resolver: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?.
A la cuestión planteada el dr. Camperi dijo:
Vienen estos autos al acuerdo a los fines de que nos expresemos sobre la solicitud de apartamiento que a fs. 550, y por las razones allí apuntadas, formulara el Dr. Horacio C. Osorio.-
Interpretando que las mismas resultan atendibles y encuadrándose en lo dispuesto en los arts. 17 inc. 9º y 30 del código procesal de la materia, entiendo que puede hacerse lugar a la excusación del magistrado referido, lo que así me adelanto a proponer.-
A la misma cuestión los dres. Asuad y Lagomarsino dijeron:
Por iguales fundamentos a los expresados en su voto por el dr. Camperi, adherimos.-
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;
RESUELVE:
1) Hacer lugar a la excusación del dr. Horacio Carlos Osorio;
2) Oportunamente practíquese nuevo cómputo de plazos para fallar;
3) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido.
mlh
Edgardo J. Camperi Ariel Asuad Juan A. Lagomarsino
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Ante mi: Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
<*****>
Poder Judicial de Río Negro