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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39561
Fecha: 2011-07-06
Carátula: HERNANDEZ Georgina y otra c/QUESADA Dolores y otros S/ Ordinario
Descripción: REGULACION
//neral Roca, 06 de JULIO de 2011.=
Proveyendo el escrito de fs. 415, regulo los honorarios del Dr. Oscar Pablo Hernández en la suma de $ 960.-, Dr. Santiago Nilo Hernández en la suma de $ 2.400.-, de los Dres. Roque La Pusata en $ 960.-, Adriana Rodriguez Carriquiriborde en $ 800.- Mariela E. Garabito en $ 800.-, y María Eugenia Mañueco en $800.- (M.B. $ 20.000.- .arts. 6, 7, 8 y 39 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.
Proveyendo el escrito de fs. 416, téngase presente la ratificación de gestión realizada por María Cruz Jimenez Castillo.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro