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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 16136-114-11
Fecha: 2011-07-04
Carátula: RUANI MARCELO / SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOP.LTDA. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario), QUEJA
Descripción: oficio al juzgado 3
San Carlos de Bariloche, 4 de julio de 2011.-
A La
SEÑORA SECRETARIA DEL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CIVIL, COMERCIAL Y DE MINERIA nro.3
DRA ALEJANDRA MARCOLINI RODRIGUEZ
S / D
Oficio nro. 142/11
HAGO saber a Ud. que en los autos caratulados “RUANI MARCELO C/ SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOP LTDA S/DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO) QUEJA” (expte 16136-114-11), que tramitan por ante la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de la IIIa Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, Presidencia a cargo del DR EDGARDO J CAMPERI, Secretaría a mi cargo, con asiento en Juramento 190, 6to piso, de ésta ciudad, se ha hecho lugar a la queja de la demandada, declarando mal denegado el recurso interpuesto con fecha 22 de marzo de 2011 contra la resolución de fecha 15 de marzo de 2011, ordenándose oficiar a este Juzgado a efectos de que se disponga la tramitación del recurso.-
El auto que ordena el presente dice:”San Carlos de Bariloche, 22 de junio de 2011.- ….II.- OFICIAR al Juzgado de origen a efectos de que se disponga la tramitación del recurso.- fdo: Luis M. Escardó Edgardo J. Camperi Horacio Carlos Osorio - Jueces de Cámara.- Ante mi: Dra Angela Alba Posse Secretaria de Cámara “.-
Sin más, saludo a Ud. atte
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro