Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1493/00/5

N° Receptoría:

Fecha: 2011-07-01

Carátula: NAHUEL MIGUEL ANGEL S/ INFORMACION SUMARIA

Descripción: SENTENCIA INF. SUM. CESE DE GUARDA

Viedma, de julio de 2.011.-

AUTOS Y VISTOS: Los presentes autos caratulados: "NAHUEL MIGUEL ANGEL S/ INFORMACION SUMARIA" Expte. N° 1493/00/5, puestos a despacho a fin de dictar sentencia,

Y CONSIDERANDO:

Que a fs. 28 se presenta el sr. Miguel Angel Nahuel, por derecho propio, y solicita se disponga el cese de la guarda concedida oportunamente.-

Que a fs. 24 obra la sentencia por la que se aprobaba la información sumaria rendida en el trámite y se reconocía judicialmente la guarda que de hecho ejercía el peticionante sobre la menor Mayda Aiana Nahuel.-

Que a fs. 32 la Sra. Defensora de Menores e Incapaces no opuso objeciones a lo solicitado por el peticionante por lo que corresponde hacer lugar a lo peticionado.-

Por ello;

RESUELVO:

I.- Disponer el cese de la guarda de hecho oportunamente ejercida por el sr. MIGUEL ANGEL NAHUEL (DNI N° 10.598.190), sobre la menor MAYDA AIANA NAHUEL (DNI N° 42.810.127).-

II.- Firme que se encuentre la presente, expídase testimonio y/o fotocopia certificada por Secretaría.-

III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-

Rosana Calvetti

Juez

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