Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0685/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2011-07-01

Carátula: CARTA SUSANA ELVIRA Y OTROS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: EJEC. SENT. Y HON. TASA ACTIVA (TIPO)

JUZGADO CIVIL, COM. y MINERIA Nº 3

I CIRCUNSCRIPCION

AUTO INTERLOCUTORIO:

FOLIO:

SECRETARIA UNICA

Viedma, julio de 2011.-

AUTOS Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados: "CARTA SUSANA ELVIRA Y OTROS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO" (Expte. n° 0685/2007)

Y CONSIDERANDO:

Que se presentan los sres. Susana Elvira Carta, Claudio César Castro y Raúl Alfredo Rodriguez por medio de apoderadas y las Dras. Paola Bernardini y Ethel Burgos por derecho propio e inician ejecución de sentencia y honorarios.-

Que se encuentran cumplidos los recaudos de procedencia formal previstos por la ley (conf. art. 499 del CPCC) y toda vez que el título es ejecutivo conforme art. 500 inc. 3º CPCC, corresponde sin más trámite dictar sentencia monitoria (conf. art. 502 C.Pr.).-

Que deberá tenerse en cuenta que la Cámara de Apelaciones a fs. 402/409 confirmó la sentencia dictada en autos a fs. 362/367 y dispuso que los honorarios de las profesionales intervinientes se adecuen al monto base allí establecido ($ 153.894).-

Que asimismo a fs. 433/ 434 estableció la aplicación de intereses a la tasa mix y luego la tasa activa conforme doctrina obligatoria.-

Por ello;

RESUELVO:

1º) Llevar la ejecución adelante en contra del BANCO HIPOTECARIO S.A. condenándolo a abonar a SUSANA ELVIRA CARTA la suma de $ 33.385, a CLAUDIO CESAR CASTRO la suma de $ 100.111 y a RAUL ALFREDO RODRIGUEZ la suma de $ 14.631 en concepto de capital e intereses a la tasa mix desde el 31/03/10 y hasta el 27/05/10 y de allí y hasta el 31/05/11 intereses a la tasa activa, y a las Dras. Paola Bernardini y Ethel Burgos la suma de $ 35.689 en concepto de honorarios de primera instancia e intereses desde el 08/11/10 hasta el 31/05/11 (coef. 15 % + 40 %), la de $ 12.491 por honorarios de segunda instancia e intereses desde el 08/11/10 hasta el 31/05/11 (coef. 35 %) y la de $ 11.662 por honorarios recurso de casación desde el 31/03/11 hasta el 31/05/11 (coef. 35 %), con más la suma de $ 2.992 en concepto del 5 % de aporte a Caja Forense, con más sus intereses hasta la fecha de efectivo pago, si correspondiere, sujeta a liquidación definitiva.-

2º) Imponer las costas a la parte ejecutada (art. 68 CPCC).-

3º) Regular los honorarios profesionales de la Dra. Paola Bernardini y Ethel Burgos, en conjunto, en la suma de $ 8.122-, MB: $ 210.961, coef. 1/3 del 11 % + 40 % red. en un 25 %- (arts. 9, 41 y 50 de la Ley G 2.212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

4º) En los términos del art. 505 C.Pr. hágase saber al ejecutado que en el plazo de 3 (tres) días podrá cumplir voluntariamente lo ordenado en el punto 1º) u oponerse a esta sentencia deduciendo las excepciones previstas en el art. 506 Cód. cit., bajo apercibimiento de ley.-

5º) Notifíquese en el domicilio del ejecutado con las correspondientes copias, con las previsiones y recaudos establecidos en el art. 490 del C. Pr. (arts. 120, 141, 339 y 490 Cód. cit.).-

6º) Regístrese y protocolícese la presente.-

Rosana Calvetti

Juez

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