Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40410

N° Receptoría:

Fecha: 2011-07-01

Carátula: VILLEGAS Pedro Secundino S/ Sucesión

Descripción: DECLARATORIA

//neral Roca, 01 de JULIO de 2011.=

AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos "VILLEGAS PEDRO SECUNDINO S/SUCESION" (Expte. N* 40.410).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente juicio sucesorio por el fallecimiento de Pedro Secundino Villegas ocurrido el 03 de septiembre de 2010, en General Roca, Río Negro, certificado a fs. 3.-

El causante era divorciado de Dora Etel Almanza, de cuya unión nacieron:

Carolina Gissell: el 21 de febrero de 1973 en General Roca (Rïo Negro) certificado a fs. 5.-

Paola Janet: el día 25 de marzo de 1974 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 4.-

El Sr. Pedro S. Villegas se encontraba unido en segundas nupcias con Elsa Noemí Garmendia por acto celebrado el 07 de abril de 1988 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 11.

De dicha unión nacieron:

Pedro Santiago: el 29 de octubre de 1986 en General Roca (Río Negro) certificado a fs. 12.

Marianela: el 21 de noviembre de 1979 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 36.

A fs. 10 se declara la apertura del juicio sucesorio y competente el Tribunal para entender en el mismo.-

A fs. 40 obra oficio al Registro de Juicios Universales del que surge que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares y a fs. 55 oficio del Registro de Testamentos con resultado positivo, informando que existe disposición testamentaria.-

A fs. 57/9 y 62/4 obran constancias con las que se acredita la correspondiente publicación edictual y sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los mencionados precedentemente.-

Por lo expuesto y las disposiciones de los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de PEDRO SECUNDINO VILLEGAS le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos CAROLINA GISSELL y PAOLA JANET, de apellidos VILLEGAS ALMANZA y sus hijos PEDRO SANTIAGO y MARIANELA de apellido VILLEGAS GARMENDIA, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde a la cónyuge supérstite ELSA NOEMI GARMENDIA, sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.

Notifíquese y regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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