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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40518
Fecha: 2011-07-01
Carátula: SANEZ CARLOS S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: NOTA
*0065765629*
CERTIFICO que en el Sistema Lex-Doctor del Tribunal, en la resolución del 30.06.11 dictada en SANEZ CARLOS S/ Beneficio de Litigar sin Gastos (Exp. Nro. 40518), luego de la primer firma de la Sra. Juez aparece el texto: "RESUELVO: Otorgar el beneficio de litigar sin gastos en favor de a los efectos de afrontar los gastos que ocasione el juicio que iniciara contra los Sres. Regulo los honorarios del Dr. en la suma $.- (art. 6, 6 bis, y 7 de la L.A.).- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.- Notifíquese y regístrese.-Dra. SUSANA TERESA BURGOS. JUEZ.-", el que se publicó por Internet y que ha sido transcripto por error.-
Secretaría, 01 de julio de 2011.-j
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro