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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38274
Fecha: 2011-07-01
Carátula: APHALO Jose Americo S/ Sucesión
Descripción: REGULA
//neral Roca, 01 de JULIO de 2011.=
Téngase presente la conformidad de la Delegación de Rentas.
Por parte la 1°, 2° y 3° etapa, regulo los honorarios profesionales de la Dra. Julieta Berduc en la suma de $ 640 .- y los del Dr. Claudio Alejandro López en la suma de $ 1.600 .- a cargo de los herederos y $ 320.- y $ 800.- respectivamente a cargo de la cónyuge supérstite.- (M.B. fs. 227, $ 21.000.- arts. 6, 8, 25 y 44 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro