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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0393/2011
Fecha: 2011-06-29
Carátula: ZAGARI NICODEMUS C/ IBAÑEZ EDUARDO S/ EJECUTIVO
Descripción: EMB. SUELDO
EXPTE. No.: 0393/2011
CARATULA:ZAGARI NICODEMUS C/ IBAÑEZ EDUARDO S/ EJECUTIVO
Viedma, junio de 2011.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe EDUARDO IBAÑEZ como empleado de la Secretaría Ejecutiva del Consejo de la Función Publica y Reconversión del Estado hasta cubrir la suma de $ 4.020,50 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 402 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
s.b.s.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro