Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0765/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2011-06-29

Carátula: BRAVO CARLOS ALBERTO C/ ROMERO JESUS ERNESTO Y OTRA S/ ORDINARIO

Descripción: no hace lugar

EXPTE. N° 0765/2005

CARATULA: BRAVO CARLOS ALBERTO C/ ROMERO JESUS ERNESTO Y OTRA S/ ORDINARIO

Viedma, junio de 2011.-

Agréguese.-

Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que la resolución dictada a fs. 1101/1102 resolvió la oposición a la sentencia monitoria dictada a fs. 1063 y que en ella se modificaron los honorarios regulados en la monitoria antedicha, a lo peticionado no ha lugar por improcedente.-

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro