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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33981III
Fecha: 2006-02-03
Carátula: SCOTIABANK QUILMES S.A. c/GEYMONAT Ana M. C. y O. S/ Ejecución Hipotecaria
Descripción: EMBARGOS
//neral Roca, 03 de FEBRERO de 2006.=
Proveyendo el escrito de fs. 299, procédase a la reinscripción del embargo a cuyo fin líbrese oficio al Registro de Propiedad del Inmueble.
Proveyendo el escrito de fs. 300, a fin de que informen sobre lo requerido líbrese oficio a la empleadora.
Al punto 2, téngase presente y líbrese oficio a la empleadora denunciada a fin de que trabe embargo sobre los haberes a percibir por la demandada Ana María Geymonat, en cualquier concepto -sueldo, horas extras, participaciones-, en el porcentaje que por ley corresponde, hasta cubrir las sumas ordenadas a fs. 166,. Las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia SA.
Al pudnto 3, líbrese oficio a la empleadora en las mismas condiciones establecidas precedentemente respecto a Carlos LLanos.
Oportunamente notifiquese al demandado el embargo ordenado.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro