Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36092

N° Receptoría:

Fecha: 2006-02-03

Carátula: FRUTOS DEL DESIERTO S.R.L. C/FRUTEXPORT SRL S/ Secuestro

Descripción: proveido

General Roca, 03 de febrero de 2006.-

I.- Autorizase la venta sucesiva del bien y en el mismo acto media hora despues con la reducción de la base en el 50%.-

A la solicitud de subasta sin base no ha lugar, estese a la realización del acto.-

II.- Autorizase al actor a compensar con su credito hasta el monto de la seña y hasta el importe de la suma menor.-

Expidase testimonio.-

III.- a) Autorizase la realización del acto en el asentamiento de los talleres de la URII de Policia, sita en Avda. Roca y Los Andes de esta ciudad.-

b) Impidase el acceso al publico con pancartas, palos, megafonos o elementos contundentes.-

c) Impidase el acceso de personas que se identifiquen como pertenecientes a los grupos que menciona y/o toda persona que se pueda oponer al acto de subasta.-

d) Autorizase la identificación de personas por parte de la autoridad policial debiendo exhibir documentos de identidad y confeccionar la lista de asistentes con los datos mencionados, la que formara parte del acta de subasta.- Para su implementación librese oficio a la Policia.-

e) Notifiquese al martillero para que labre acta detallada de todas las circunstancias extraordinarias que sucedan durante el acto de subasta, haciendo suscribir el acta por dos testigos.-

f) Autorizase al martillero a contratar los servicios de un camarografo para que proceda a filmar las alternativas del acto, con cargo al actor.-

g) Autorizase a efectuar ofertas en sobre cerrado en los terminos del art. 570 del C.P.C., los que deberán ser presentados en la sede del Tribunal hasta una hora antes del horario fijado para la subasta, debiendo constar en los edictos esta alternativa.-

IV.- Autorizase la contratación del servicio de Policia Adicional para lograr la regularidad del acto a cargo de la actora.-

V.- Agreguense los edictos acompañados, y librense nuevos edictos con las constancias ordenadas precedentemente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro