Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37135

N° Receptoría:

Fecha: 2006-02-03

Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS C/MILOHANICH Argentino S/ Ejecutivo

Descripción: proceido.Cedula a Regina.-

El 03/02/06 cedula Villa Regina notificandose el embargo trabado en autos.-

//neral Roca, 03 de Febrero de 2006.-

Al punto I, agréguese.-

Al punto 2, del martillero propuesto, traslado al accionado por el término de dos dias.-

Al punto 3, intímese al demandado para que dentro del término de TRES DIAS de notificado acompañe el título de propiedad del inmueble embargado, todo ello bajo apercibimiento de obtener testimonio notarial a su costa.-Notifiquese a cuyo fín líbrese cédula la que sera diligenciada por el el Sr,Oficial de Justicia del Tribunal con asiento en Villa Regina.-

Al punto 4, líbrese oficio a la Municipalidad y Aguas Rionegrinas a los fines solicitados.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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