Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00248-027-07

N° Receptoría:

Fecha: 2011-06-29

Carátula: C.E.B. / E.P.R.E. S/ PROCESO ADMINISTRATIVO,, SUSTITUCION DE MEDIDA CAUTELAR (f)

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:00248-027-07

Tomo:

INTERLOCUTORIO / SENTENCIA:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

3

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 28 DE jUNIO DE 2011.-

VISTOS: Estos autos caratulados: "C.E.B. C / E.P.R.E. S/ PROCESO ADMINISTRATIVO" expte. nro. 00248-027-07, y

CONSIDERANDO: Atento a lo dispuesto en la resolución de fs. 182/183, en el sentido de que "...cualquier otra cuestión referida a los honorarios en ejecución", deben ser solicitadas al Juez de la ejecución,

- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL

- - -RESUELVE: I)

- - -) NOTIFICAR lo aquí resuelto, disponiendo su registro, protocolización y oportunamente vuelvan a su instancia de origen.

LUIS MARIA ESCARDO EDGARDO JORGE CAMPERI HORACIO CARLOS OSORIO

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

ANTE MI:

ANGELA ALBA POSSE

Secretaria de cámara

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Poder Judicial de Río Negro