Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0977/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2011-06-24

Carátula: NUÑEZ ROBERTO CESARIO S/ CONCURSO PREVENTIVO

Descripción: CEDULA SECRETARIA

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C E D U L A

Señor: Ernesto Saluzzi

Domicilio: Sarmiento 140 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "NUÑEZ ROBERTO CESARIO C/ S/CONCURSO PREVENTIVO", Expte. Nº 0977/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, junio 15 de 2.011.- Atento lo peticionado, teniendo en cuenta el carácter alimentario de los pronto pagos otorgados, la finalidad de los informes requeridos para la prosecución del concurso y las constancias de autos, intímase al síndico a dar cumplimiento con lo ordenado a fs. 219 en el plazo de 5 días. Notifíquese. Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de junio de 2011.-

*05TXHO.EG41LQ*

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Poder Judicial de Río Negro