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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0977/2009
Fecha: 2011-06-24
Carátula: NUÑEZ ROBERTO CESARIO S/ CONCURSO PREVENTIVO
Descripción: CEDULA SECRETARIA
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C E D U L A
Señor: Ernesto Saluzzi
Domicilio: Sarmiento 140 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "NUÑEZ ROBERTO CESARIO C/ S/CONCURSO PREVENTIVO", Expte. Nº 0977/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, junio 15 de 2.011.- Atento lo peticionado, teniendo en cuenta el carácter alimentario de los pronto pagos otorgados, la finalidad de los informes requeridos para la prosecución del concurso y las constancias de autos, intímase al síndico a dar cumplimiento con lo ordenado a fs. 219 en el plazo de 5 días. Notifíquese. Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de junio de 2011.-
*05TXHO.EG41LQ*
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Poder Judicial de Río Negro