Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0452/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2011-06-23

Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ DI ROCCO NELIDA HAIDE Y OTRA S- ORDINARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS

Descripción: PROVIDENCIA INICIAL - AGREGA DOCUMENTAL - vista Def. Ausentes

EXPTE. Nº 0452/2011

CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ DI ROCCO NELIDA HAIDE Y OTRA S - ORDINARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS

Viedma, junio de 2.011.-

Por presentados, parte y por constituido el domicilio.- Por iniciada ejecución de honorarios (art. 500 inc. 3 del Código Procesal Civil y Comercial).-

Previo a dictar la sentencia monitoria y atento las características del caso, sin perjuicio que la actuación de la Defensora de Ausentes culmina con el dictado de la sentencia definitiva y toda vez que en los autos principales se realizaron las gestiones tendientes a averiguar el domicilio de la Sra. Nélida Haide Di Rocco y se publicaron edictos a fin que se presente en autos sin obtener resultado positivo, siendo que obligar a la ejecutante a realizarlas nuevamente implicaría un dispendio jurisdiccional, desígnese a la Defensora de Ausentes que interviniera en la causa principal para que la represente.-

Déjese constancia del inicio de las presentes actuaciones en los autos principales.-

Hágase saber a los profesionales intervinientes, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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