Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40118

N° Receptoría:

Fecha: 2011-06-23

Carátula: SASSO Mauro S/ Sucesión

Descripción: regulacion

General Roca, 23 de junio de 2011.s-

Regulo por las tres etapas los honorarios profesionales del Dr. Federico Raffo Benegas en $ 250.- , los del Dr. Alejandro David Cataldi en la suma de $ 250.- y los del Dr. Facundo G. García en $ 250.- a cargo de la heredera.- (M.B. $ 5.000 -fs. 45 y 51-.- arts. 6, 7, 8, 25 y 44 L.A. 2212.-)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Fecho, a fin de inscribir el automotor dominio R 009032 a nombre de la heredera, líbrese oficio al R.P.A.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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