Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34893

N° Receptoría:

Fecha: 2011-06-22

Carátula: ZUCCHINI Andrea c/VIA BARILOCHE S.R.L. S/ Ordinario

Descripción: clausura

//neral Roca, 22 de JUNIO de 2011.=

Téngase presente el desistimiento efectuado por la actora respecto a la prueba confesional del demandado.

Atento el desistimiento formulado el acuse de negligencia peticionado por la demandada y aseguradora deviene en abstracto.

Consecuentemente clausúrase el período probatorio. Notifíquese.

Fecho pónganse los autos en Secretaría a fin de que las partes aleguen por su orden.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro