Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39180

N° Receptoría:

Fecha: 2011-06-22

Carátula: PEÑA Salvadora Elida c/ARIZZI Eduardo S/ Prescripcion Adquisitiva (Ley 4142)

Descripción: Regulación

//neral Roca, 22 de JUNIO de 2011.=

Téngase presente. Regulo los honorarios del Dr. Roque La Pusata en la suma de $ 3.500.- y la Dra. María Eugenia Mañueco en $ 3.500.- M.B. $ 40.032,50.- arts. 6, 8 y 39 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

A la entrega de la documental original, oportunamente, una vez que se cumpla con la ley 869, previa certificación de las copias.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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