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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39180
Fecha: 2011-06-22
Carátula: PEÑA Salvadora Elida c/ARIZZI Eduardo S/ Prescripcion Adquisitiva (Ley 4142)
Descripción: Regulación
//neral Roca, 22 de JUNIO de 2011.=
Téngase presente. Regulo los honorarios del Dr. Roque La Pusata en la suma de $ 3.500.- y la Dra. María Eugenia Mañueco en $ 3.500.- M.B. $ 40.032,50.- arts. 6, 8 y 39 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
A la entrega de la documental original, oportunamente, una vez que se cumpla con la ley 869, previa certificación de las copias.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro